Anexo C - Clientes Comerciales, Industriales y Gubernamentales y Construcción Temporal

Los cargos totales por cien pies cúbicos (HCF) de agua medida (un HCF equivale a 748 galones) Clientes Comerciales, Industriales y Gubernamentales y Construcción Temporal, y cualquier otro servicio de agua para el que no se especifique un cronograma de tarifas, son los siguientes:

Tasas de primer y segundo nivel

Mes

Nivel 1

Nivel 2

2024

Enero - Junio

8,129

$11.498

Julio - Diciembre

 

 

2023

Enero - Junio

$7,836

$9,804

Julio - Diciembre

$7.274

$10,832

Servicio fuera de la ciudad de Los Ángeles

Agregue recargo a las tarifas anteriores por servicio fuera de los límites de la ciudad de Los Ángeles de la siguiente manera:

Enero - Diciembre

2021

2022

2023

2024

0,665

0,744

0,991

0,1822

Bloque de uso de primer nivel

El bloque de uso de verano de Nivel 1 se calcula utilizando el número más alto de los dos factores siguientes multiplicado por el número de días del período de facturación.

  1. 105% de la asignación por niveles ajustados creada durante el uso promedio diario de agua en invierno del año de escasez de los años fiscales 2007, 2008 o 2009
  2. 105% del consumo promedio diario de agua en invierno de diciembre de 2014 a marzo de 2015

El bloque de uso invernal de Nivel 1 se calcula utilizando el número más alto de los dos factores siguientes multiplicado por el número de días en el período de facturación.

  1. 100% de la asignación por niveles ajustados creada durante el uso promedio diario de agua en invierno del año de escasez de los años fiscales 2007, 2008 o 2009
  2. 100% del uso promedio diario de agua en invierno de diciembre de 2014 a marzo de 2015

A los clientes nuevos y existentes que no hayan establecido un bloque de uso de primer nivel se les facturará según la tarifa de nivel 1 hasta después de abril de 2017, y después de que un bloque de uso de primer nivel se pueda calcular a partir del consumo de diciembre a marzo del año anterior.

Para asignaciones de agua de nivel específico, los clientes pueden iniciar sesión en su cuenta o llamar al 1-800-DIAL-DWP (1-800-342-5397).

Disposición general N - Alta variación estacional en el uso

Durante los meses de Temporada Alta, los clientes del Anexo C pueden ser elegibles para mayores asignaciones de primer nivel bajo la Disposición General N si su consumo para cada uno de los dos períodos consecutivos de facturación mensual de Temporada Alta es más del 200% de su consumo promedio de invierno (diciembre a marzo) y también es al menos 26 HCF por encima de su bloque de uso de primer nivel. A los clientes que califican se les permite el 95% de su uso a la tasa de primer nivel. La aplicación de la Disposición N incluye una auditoría autocertificada de conservación del agua. Para mayor información o para postularse, favor de llamar al teléfono (213) 367-0944.

Disposición General M - Gran Césped Irrigado

Los clientes del Anexo C con 3 acres o más de césped que proporcionen agua solo para el paisaje pueden ser elegibles para mayores asignaciones de primer nivel bajo la Disposición General M. A los clientes que califiquen se les permite el 95% de su uso a la tarifa de primer nivel. Los clientes deben haber realizado primero una auditoría de su uso de agua en sus instalaciones de acuerdo con un manual aprobado por el LADWP sobre auditorías de agua de gran césped y haber implementado las “Mejores Prácticas de Manejo para Riego de Césped” aprobadas por la Junta de Comisionados de Agua y Energía a satisfacción del LADWP. Para mayor información o para postularse, favor de llamar al teléfono (213) 367-0944.

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